Alerta
Alejandra María Sosa Elízaga*
Los que vieron a Monseñor Larry Silva, obispo de Honolulú, salir disparado de su casa y dirigirse a paso veloz a la capilla, se sorprendieron mucho, pues nunca lo habían visto correr, y se sorprendieron todavía más, mejor dicho, se alarmaron grandemente, cuando supieron la razón de su prisa.
Resulta que en las pantallas de televisores y dispositivos electrónicos, apareció un escalofriante aviso de parte del gobierno, que decía: ‘Alerta de emergencia. Amenaza de misiles dirigidos hacia Hawaii. Busque refugio de inmediato. Esto no es un simulacro.’
Cuando el obispo vio esa alerta, reaccionó como un verdadero pastor. No pensó en sí mismo, ni siquiera en alertar a su propia familia, pensó en la gente que estaba en Misa en su capilla, y hacia allá se dirigió lo más rápido que pudo.
Cuando llegó, algunos fieles estaban regresando a sus asientos luego de comulgar. Les explicó brevemente la situación y les impartió a todos la absolución general.
Los que estuvieron presentes ese 13 de enero, comentaron luego, que mientras estaban de pie, con sus cabezas inclinadas, y algunos lloraban, les conmovió hondamente que el obispo se hubiera preocupado así por ellos y les ofreciera esa ayuda espiritual invaluable.
Luego de la conmoción inicial, apareció en las pantallas otro anuncio, esta vez avisando que el anterior había sido un error y pidiendo disculpas (en todos lados se cuecen habas...). La gente se quedó un rato serenándose y comentando el incidente, y luego se fue a casa.
Y cabe preguntarse, ¿cuántas de esas personas se quedaron pensando que esa temible alerta podría repetirse en cualquier momento y ésta vez sí ser cierta, y acudieron después a confesarse?
El Derecho Canónico de la Iglesia Católica permite que se dé a los fieles la absolución general solamente en dos casos: cuando hay peligro de muerte y no hay tiempo de oír confesiones individuales, o cuando es la única alternativa para que un gran número de fieles no se quede sin recibir la absolución o sin poder comulgar, durante un tiempo extremadamente largo, por ejemplo cuando un padre va de misiones y llega a algún lugar al que no va a regresar en meses. Pero quienes reciben la absolución general, tienen la obligación de ir a confesarse tan pronto les sea posible. (C.I.C. #961-962).
De ahí la duda de si terminada la supuesta emergencia, la gente se sintió movida a confesarse o se quedó pensando: ‘¡de la que me salvé!’ y seguirá en las mismas hasta que en una de ésas ya no pueda decir que se salvó.
El segundo de los cinco mandamientos de la Iglesia nos pide confesar los pecados graves, al menos una vez al año, en peligro de muerte y antes de comulgar. Esto es el mínimo requerido, pero es una pena conformarse con el mínimo, porque cuando nos confesamos, recibimos al menos cinco grandes beneficios:
1. Asumir y reconocer lo que hemos hecho mal, dejar de salirnos por la tangente, dejar de racionalizar nuestros pecados, dejar de justificarlos.
2. Desahogar lo que traemos dentro, con la certeza de que el confesor no se lo contará a nadie.
3. Recibir consejo y una penitencia que nos ayudan a superar ese pecado que nos hace caer.
4. Recibir el perdón de Dios -el confesor es sólo su intermediario-.
5. Recibir la gracia de Dios que nos fortalece interiormente.
Cuando nos confesamos bien (se necesita humildad, arrepentimiento y propósito de enmienda), salimos ligeros, con el alma esponjadita, liberados del peso de los pecados que veníamos arrastrando. Jesús sabía cuánto bien nos haría, y por eso instituyó este maravilloso Sacramento (ver Jn 20, 22-23; 2Cor 5, 17-21).
No esperemos a que una alerta nos ponga los pelos de punta. Más bien estemos nosotros alerta y aprovechemos esta Cuaresma para habituarnos a confesarnos.